PANORAMA | Agricultura
El Gobierno aprueba una norma que permitirá retirar aceite de oliva del mercado para evitar desequilibrios en los precios
La producción nacional prevista para la campaña 2026-2027 alcanza los 1,6 millones de toneladas, un 23% más que el pasado año. Agricultura determinará antes del 15 de noviembre si se activa la medida y qué porcentaje deberán almacenar las almazaras
Sábado 31 de octubre de 2026 - 10:37
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado este viernes, 30 de octubre, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2026-2027, que permitirá retirar temporalmente parte de la producción del mercado en caso de detectarse un exceso de oferta que pueda provocar desequilibrios en el sector.
La medida, que tendrá aplicación en todo el territorio nacional, pretende regular las cantidades de aceite disponibles para su comercialización y evitar las alteraciones que pueden producirse cuando la oferta supera las necesidades del mercado, una situación especialmente relevante para zonas productoras como Priego de Córdoba y la comarca de la Subbética.
La aprobación de esta norma coincide con unas previsiones de cosecha superiores a las del pasado ejercicio. Según los aforos comunicados por las comunidades autónomas, España podría alcanzar una producción de 1.602.596 toneladas de aceite de oliva, un 23% más que en la campaña anterior.
De confirmarse estas estimaciones, la cosecha 2026-2027 sería la cuarta de mayor volumen de la serie histórica.
A estas previsiones se suman las existencias acumuladas al inicio de la campaña, que alcanzan las 357.040 toneladas, un 23,3% más que un año antes, según los datos del Sistema de Información de los Mercados Oleícolas publicados el pasado 28 de octubre.
¿Cuándo se podrá retirar aceite del mercado?
La orden establece que el mecanismo de regulación únicamente podrá activarse cuando la suma de las existencias iniciales y la producción estimada alcance o supere el 120% de la media registrada por estos dos conceptos durante las seis campañas anteriores.
Por tanto, la publicación de la norma no supone que las almazaras tengan que comenzar a retirar aceite de manera inmediata, ya que su aplicación dependerá del cumplimiento de las condiciones previstas.
El Ministerio de Agricultura deberá determinar, antes del próximo 15 de noviembre, mediante una resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, si procede activar el mecanismo y qué porcentaje de la producción tendrá que quedar almacenado.
La normativa fija un límite máximo de retirada del 20% de la producción estimada, aunque el porcentaje concreto dependerá de la situación del mercado.
En caso de activarse, las almazaras deberán almacenar la cantidad correspondiente, que permanecerá fuera de la comercialización hasta la siguiente campaña. Cada operador podrá elegir la categoría de aceite de oliva que destina a este almacenamiento.
Una medida que afecta directamente a las almazaras
La regulación tendrá especial interés para las cooperativas y almazaras de la Subbética cordobesa, una comarca cuya economía mantiene una estrecha vinculación con el olivar y la producción de aceite de oliva virgen extra.
El mecanismo pretende evitar que una oferta elevada provoque desequilibrios en el mercado, aunque su aplicación también ha generado reservas entre los organismos encargados de supervisar la competencia.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) advirtió a principios de octubre de que una retirada obligatoria de aceite podría reducir la oferta disponible y provocar subidas de precios para los consumidores. Por ello, recomendó justificar adecuadamente la necesidad de la medida y evaluar sus posibles consecuencias.
Por su parte, Cooperativas Agro-alimentarias de Andalucía ha defendido la utilidad de disponer de un mecanismo preventivo para afrontar situaciones excepcionales de sobreoferta.
Seguimiento durante la campaña
La orden también contempla que el Ministerio realice un seguimiento de la evolución del mercado oleícola y de los efectos de la retirada sobre los precios y la comercialización.
A partir del 31 de diciembre podrán revisarse las estimaciones de producción y, si las circunstancias lo aconsejan, reducirse las cantidades inicialmente inmovilizadas.
Los controles sobre el cumplimiento de la norma corresponderán a las comunidades autónomas, en coordinación con el Ministerio de Agricultura.
La campaña 2026-2027, iniciada el pasado 1 de octubre, se prolongará hasta el 30 de septiembre del próximo año. La resolución que se publique antes del 15 de noviembre será determinante para conocer el alcance real de esta medida sobre las almazaras y cooperativas del sector oleícola español.