La medida afecta a las cooperativas y almazaras de Priego de Córdoba y la Subbética, que deberán almacenar parte de su producción hasta el 30 de septiembre de 2027. Agricultura calcula que se inmovilizarán unas 188.000 toneladas en toda España
Redacción/Priego Digital
Sábado 7 de noviembre de 2026 - 13:00

Las almazaras españolas deberán mantener fuera del mercado el 12% del aceite de oliva que produzcan a partir de noviembre, según la resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicada este viernes, 6 de noviembre, en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La medida, que entra en vigor desde su publicación, afecta directamente a las cooperativas y almazaras de Priego de Córdoba y del resto de la Subbética, una de las principales zonas productoras de aceite de oliva virgen extra de la provincia. El objetivo del Ministerio es regular la cantidad de aceite disponible para su comercialización y evitar posibles desequilibrios en el mercado ante las previsiones de una cosecha especialmente elevada. En el conjunto de España, Agricultura calcula que la retirada temporal supondrá unas 188.000 toneladas de aceite de oliva, que deberán permanecer almacenadas hasta el 30 de septiembre de 2027.

No se trata de una retirada por problemas sanitarios o de calidad, sino de una medida de regulación comercial. El aceite no tendrá que destruirse, sino mantenerse almacenado y fuera de la comercialización durante el periodo establecido.

Cómo afecta a las cooperativas y almazaras de Priego
La obligación se aplicará a todas las almazaras españolas, independientemente de su tamaño o de la categoría del aceite elaborado. Cada instalación deberá reservar el 12% de su producción declarada, calculado sobre las cantidades acumuladas mensualmente desde noviembre. Así, una almazara que produzca 100.000 kilos de aceite deberá mantener 12.000 kilos fuera del mercado, siempre que se mantenga el porcentaje establecido por el Ministerio.

La resolución permite que cada almazara elija qué categoría de aceite destina al almacenamiento obligatorio, ya sea virgen extra, virgen u otra de las contempladas en la normativa. También podrá utilizar instalaciones propias o ajenas, siempre que cumplan los requisitos establecidos y que las existencias puedan ser comprobadas por la Administración. Esta circunstancia tiene especial importancia para las cooperativas y empresas oleícolas de la comarca, que deberán incorporar la obligación a su planificación de almacenamiento y comercialización durante la presente campaña.

La producción de octubre queda excluida
Uno de los aspectos relevantes de la resolución es que la retirada del 12% no se aplica al aceite producido durante octubre, primer mes de la campaña 2026/2027. El porcentaje comienza a calcularse sobre la producción declarada correspondiente a noviembre y seguirá aplicándose a las cantidades acumuladas durante los meses posteriores. El Ministerio exige que el volumen de aceite almacenado represente en todo momento el porcentaje establecido sobre esa producción acumulada. Las almazaras deberán continuar comunicando sus datos de producción y existencias a través del Sistema de Información de los Mercados Oleícolas (SIMO), utilizando los procedimientos habituales. También tendrán que conservar la documentación necesaria para acreditar que cumplen la obligación de almacenamiento.

España prevé una cosecha superior a 1,6 millones de toneladas
La decisión del Ministerio se produce después de conocerse las previsiones de producción para la campaña 2026/2027. Según los aforos comunicados por las comunidades autónomas, España podría alcanzar 1.602.596 toneladas de aceite de oliva, un 23% más que en la campaña anterior. De confirmarse esta previsión, sería la cuarta cosecha más elevada de la serie histórica. A esta cantidad se suman las existencias iniciales de la campaña, que alcanzaban las 357.040 toneladas, también un 23,3% superiores a las del ejercicio precedente.

El Ministerio considera que estos datos cumplen las condiciones previstas para activar un mecanismo excepcional de regulación de la oferta. La normativa establece como requisito que la suma de las existencias iniciales y la producción estimada alcance al menos el 120% de la media correspondiente a las seis campañas anteriores. Agricultura atribuye las elevadas previsiones de producción a las condiciones meteorológicas de la pasada primavera, cuando las temperaturas suaves y las precipitaciones favorecieron la floración y el cuajado de la aceituna.

Córdoba, segunda provincia productora de Andalucía
La decisión tendrá repercusión en la provincia de Córdoba, cuya previsión de producción para la campaña 2026/2027 asciende a 339.700 toneladas de aceite de oliva. Esta estimación, recogida en el aforo de la Junta de Andalucía, sitúa a Córdoba como la segunda provincia productora de la comunidad, únicamente por detrás de Jaén. En municipios como Priego de Córdoba, Carcabuey, Almedinilla y Fuente-Tójar, donde la actividad olivarera tiene un peso importante en la economía local, la nueva obligación afectará a la planificación comercial de las almazaras.

La necesidad de reservar parte del aceite puede implicar mayores necesidades de almacenamiento y retrasar los ingresos correspondientes a las cantidades inmovilizadas. No obstante, el alcance económico dependerá de la producción real, la capacidad de almacenamiento y la evolución de los precios. Por el momento, no se ha publicado una estimación específica de las toneladas que deberán retirar las almazaras de Priego o de la Subbética.

¿Subirá el precio del aceite de oliva?
El Ministerio pretende evitar que una oferta elevada de aceite provoque desequilibrios en el mercado y perjudique la rentabilidad de los productores. La retirada temporal reducirá la cantidad de producto disponible para la venta durante la campaña, aunque sus consecuencias sobre los precios todavía no pueden determinarse. El comportamiento del mercado dependerá de factores como la producción real, la demanda nacional e internacional, las existencias acumuladas y las decisiones comerciales de los operadores. Por tanto, la resolución no implica necesariamente una subida inmediata del precio del aceite en los supermercados ni garantiza un precio concreto para los agricultores. Tampoco establece una retirada del producto que ya está a la venta.

El porcentaje podrá revisarse a partir del 31 de diciembre
La resolución contempla la posibilidad de modificar el porcentaje de retirada en función de cómo evolucione la campaña. A partir del 31 de diciembre de 2026, el Ministerio podrá revisar las previsiones de producción y el comportamiento del mercado para determinar si resulta necesario ajustar a la baja la cantidad de aceite almacenada. Para supervisar su aplicación se constituirá un grupo técnico de seguimiento, coordinado por el Ministerio y con participación de las comunidades autónomas. Las administraciones autonómicas serán responsables de efectuar los controles correspondientes y comprobar que las almazaras cumplen las condiciones establecidas. La retirada del 12% entra así en vigor cuando la campaña de recogida de aceituna comienza a intensificarse en numerosas zonas productoras, con especial incidencia en provincias como Córdoba, donde el olivar constituye una de las principales actividades económicas del medio rural.

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