El impacto económico que supondrá la eliminación de las cláusulas suelo del 3% y 4%, ambas con un techo del 12%, supondrá para los clientes de CajaSur reducir en unos 200 euros sus mensualidades.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba ha desestimado el incidente de nulidad formulado por CajaSur contra el auto que ordenaba la continuación de la ejecución provisional acordada en la sentencia de Instancia, por lo que a partir de ahora, más de cuarenta mil familias se verán automáticamente beneficiadas por la eliminación de la clausula suelo.
Concretamente, a partir de la fecha de este último auto, el 28 de octubre, CajaSur está obligada a eliminar dichas cláusulas de sus hipotecas, por lo que la ejecución de la sentencia colectiva de suelo sigue adelante, y miles de cordobeses y andaluces se beneficiarán en el próximo pago de la reducción de la cuota mensual de su préstamo.
El impacto económico que supondrá la eliminación de las cláusulas suelo del 3% y 4%, ambas con un techo del 12%, supondrá para los clientes de CajaSur reducir en unos 200 euros sus mensualidades. Este hecho va a permitir un desahogo de la economía de cientos de miles de andaluces, y por tanto una disminución de los índices de morosidad, además de un aliciente monetario para disfrutar de las fechas navideñas.
Dura batalla
Con fecha de 2 de septiembre de 2013, el Juzgado Mercantil número 1 de Córdoba ya desestimó mediante un auto todos los motivos de oposición esgrimidos por CajaSur, y declaró la continuación de la ejecución provisional de la sentencia de fecha 16 de noviembre de 2012, -de la sentencia colectiva que declara la nulidad del suelo de la actual BBK BANK CAJASUR- ratificada por la Audiencia Provincial de Córdoba, con fecha 21 de mayo de 2013.
En esta demanda, a la que se adhirió el Ministerio Fiscal, se considera que la relación entre cláusula suelo y techo (del 3 y 4% de suelo, ambas con un techo del 12%) crean un desequilibrio sustancial en los derechos y obligaciones de las partes en perjuicio del consumidor. Y es que, estamos en presencia de una condición general de la contratación de carácter abusivo por tratarse de una cláusula incorporada de manera generalizada por la entidad bancaria a los préstamos hipotecarios sin posibilidad de negociación.
Esta práctica bancaria, que transgrede el principio de buena fe contractual ocasiona, en detrimento del cliente, un desequilibrio sustancial e injustificado de las obligaciones contractuales a la vez que está originando un importante quebranto en las economías de los consumidores españoles.
Devolución de cantidades
En la demanda planteada en el año 2010 se reclamaba el cese de las cláusulas suelo, pero Ausbanc insiste en que las familias que lo deseen tienen que solicitar de forma individual la devolución de las cantidades que han sido cobradas de más por la entidad.
Los Servicios Jurídicos de Ausbanc han demostrado su buena mano en los tribunales, y a fecha de hoy acumulan más de un centenar de sentencias favorables para los clientes.