El horario máximo de cierre general de los establecimientos de hostelería sin música y con música se amplía hasta las 03:00 horas
Redacción
Lunes 8 de junio de 2020 - 17:37

A raíz de la entrada en vigor del Decreto-ley 14/2020, por el que se establecen con carácter extraordinario y urgente medidas para la reactivación del sector de la hostelería, restauración, ocio y esparcimiento, publicado en el BOJA Extraordinario de 27 de mayo de 2020, se establecen en Andalucía con carácter temporal, unos nuevos horarios en los establecimientos de hostelería y de terrazas y veladores, con el fin de contribuir a la reactivación económica.

De esta manera y ante la necesidad de regular en nuestro municipio horario máximo de cierre de este tipo de establecimientos, el Ayuntamiento ha editado un Decreto de Alcaldía el horario máximo de cierre general de los establecimientos de hostelería sin música y con música se amplía en una hora, hasta las 03:00 horas.

Una medida que nace de la necesidad de apoyo al sector de la hostelería y restauración por la extraordinaria situación que atraviesa como consecuencia de la pandemia.

 

Así, estos establecimientos no podrán exceder, en ningún caso, de las 03:00 horas, debiendo quedar totalmente desalojados y recogidos, como máximo, en el plazo de media hora a partir de ese horario límite, que se mantendrá en tanto persista la situación de alerta sanitaria, correspondiendo su vigilancia a los agentes de la Policía Local.

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