Se flexibilizan las restricciones del confinamiento una vez que Córdoba pasará a la fase 1 este próximo lunes
Antonio J. Sobrados Pareja
Sábado 9 de mayo de 2020 - 13:26

Confirmado el pase de Córdoba a la fase 1 de desescalada a partir del próximo lunes, se inicia un proceso de reducción gradual de medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y del contacto social y se ha aprobado la Orden SND/386/2020, de 3 de mayo, por la que se flexibilizan determinadas restricciones sociales y se determinan las condiciones de desarrollo de la actividad de comercio minorista y de prestación de servicios, así como las actividades de hostelería y restauración aplicables a aquellos territorios que se encuentren en disposición de reducir las medidas restrictivas previstas con carácter general para el conjunto del territorio nacional, en aplicación de la Fase 1 del Plan para la transición.

Serán ahora los ayuntamientos los que tomen medidas en este sentido, y en el caso de Priego un decreto de Alcaldía ha autorizado la apertura de terrazas de bares y restaurantes bajo determinadas condiciones, siempre y cuando las circunstancias sanitarias y la normativa vigente lo permitan. 

Así, la ocupación se limitará al cincuenta por ciento de las mesas autorizadas, asegurándose que se mantiene la debida distancia física de al menos dos metros entre las mesas o grupos de mesas. 

Ante esta reducción, los titulares de establecimientos podrán solicitar la ampliación de terraza, hasta completar el aforo autorizado, mediante la ocupación de otros espacios distintos de los previstos, siempre que quede garantizada la distancia física de al menos dos metros entre mesas y superficie disponible del espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública en el que se ubique la terraza.

Para ello existe un formulario publicado en la página web del Ayuntamiento de Priego de Córdoba, que se deberá de acompañar de un plano o croquis acotado del espacio que se propone ocupar. Cabe destacar que todo incremento de terraza será objeto de autorización discrecional de la Administración y su vigencia será en todo caso provisional, mientras duren las circunstancias que motivan el presente decreto.

El decreto añade que de forma excepcional y por circunstancias justificadas de reactivación económica y social de la ciudad, se podrá flexibilizar de forma temporal la aplicación de los criterios establecidos en la autorización de la ampliación de terrazas y veladores, siempre con estricta observancia de las recomendaciones sanitarias, la accesibilidad universal, los itinerarios peatonales y el derecho al descanso de los vecinos, circunstancias que contarán con un seguimiento por parte de la Policía Local, para su cumplimiento.

FASE 1
Muchas de las actividades que se podrán hacer a partir del lunes dependerán de las decisiones de los ayuntamientos, y en el caso de Priego se abrirán algunas dependencias e instalaciones municipales, como la Ciudad Deportiva, Biblioteca Municipal, museos o el cementerio, donde se deberán seguir las medidas de seguridad.

Asimismo se abrirán las tiendas de menos de 400 metros cuadrados sin cita previa con un aforo máximo del treinta por ciento y se deberá establecer un horario de atención preferente a mayores, siendo obligatorio desinfectar el local dos veces al día.

Por otro lado se autorizan los velatorios para un número limitado de familiares en instalaciones públicas o privadas de quince personas al aire libre o diez en espacios cerrados; o la apertura de los lugares de culto para una entrada de un tercio de su capacidad.
 

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