Las contrataciones se realizarán entre aquellas plazas que resulten necesarias a fin de cubrir nuevas demandas de usuarios y vacantes temporales.
Redacción
Lunes 9 de octubre de 2023 - 19:51

La empresa de titularidad municipal Servicios Públicos de Priego SL ha abierto el plazo de presentación de solicitudes para formar parte de la bolsa de trabajo de auxiliares para el servicio de ayuda a domicilio.

Según se indica en las bases que regulan dicha convocatoria, estas contrataciones se realizarán entre aquellas plazas que resulten necesarias a fin de cubrir nuevas demandas de usuarios y vacantes temporalmente debidas a vacaciones, bajas por enfermedad, maternidad, etc. Plazas que estarán adscritas a la empresa pública Servicios Públicos de Priego SL, siendo las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo, entre otras, las que se desarrollan en la Orden de 10 de noviembre de 2010, por la que se modifica la de 15 de noviembre de 2007, de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía y todas aquellas propias del puesto de trabajo.

 
El horario se realizará con la flexibilidad que requiera el servicio para el mejor funcionamiento del mismo, siendo la jornada de lunes a domingos con los descansos legales. 


La presente bolsa de trabajo permanecerá vigente en tanto subsistan las causas que motivaron su convocatoria, pudiendo abrirse en cualquier momento, con carácter extraordinario y urgente, en un nuevo plazo de incorporaciones, en caso de que la bolsa constituida quede sin aspirantes y surjan necesidades en el servicio. 
El anuncio de la presente convocatoria así como el texto íntegro de estas bases se publicarán en la web municipal www.priegodecordoba.es, en la web de la empresa, portal de transparencia y «Boletín Oficial» de la provincia de Córdoba. 


Igualmente, la convocatoria recoge que la modalidad del contrato dependerá de las circunstancias del puesto a cubrir temporalmente y será de duración determinada, conforme a lo establecido en el RDL 32/2021 de 28 de diciembre de reforma laboral y normas concordantes, estando supeditada la duración de los contratos a la duración concreta de la necesidad urgente y perentoria acaecida, por lo que una vez finalizada esta, se entiende finalizado el contrato. En todo caso, cada integrante de la bolsa será contratado por un máximo de 6 meses de manera continuada o acumulada durante la vigencia de la bolsa, siempre y cuando lo permita la legislación laboral vigente, excepto para las sustituciones para una IT o maternidad. A partir del cumplimiento de estos seis meses, de la finalización de la baja por IT o maternidad, se pasará a integrar la bolsa nuevamente como se recoge en el punto décimo segundo. 


El carácter del contrato será temporal y en régimen de dedicación a tiempo completo o parcial, según las necesidades del servicio. 


La jornada completa de trabajo será la legalmente establecida, fijándose los días de descanso y el horario según cuadrante, de manera flexible en razón de las circunstancias y las características del Servicio de Ayuda a Domicilio. La jornada de trabajo a tiempo parcial será inferior y en proporción a la de un trabajador a tiempo completo según convenio, fijándose los días de descanso y el horario según cuadrante, de manera flexible en razón de las circunstancias y las características del Servicio de Ayuda a Domicilio. 


Para poder participar en este proceso selectivo, los aspirantes deberán tener la nacionalidad española, poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, estar en posesión del carnet de conducir y del carnet de manipulador de alimentos, no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. 


En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público, 


Igualmente, los aspirantes deberán estar en posesión de, al menos uno de los siguientes certificados o títulos para acreditar la cualificación como Auxiliar de Ayuda a Domicilio: Técnico o Técnica en Cuidados Auxiliares de Enfermería, Técnico o Técnica Auxiliar de Enfermería, Técnico o Técnica Auxiliar de Clínica, Técnico o Técnica Auxiliar de Psiquiatría, Técnico o Técnica en Atención a Personas en Situación de Dependencia, Técnico o Técnica en Atención Sociosanitaria, certificado de profesionalidad de Atención Sociosanitaria a personas en el domicilio, certificado de profesionalidad de la ocupación de auxiliar de ayuda a domicilio, certificado de profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas dependientes en instituciones sociales, y cualquier otro título o certificado que en el futuro se determine con los mismos efectos profesionales. 


Así mismo se podrá acceder a la bolsa mediante habilitación Provisional o Permanente, Según Resolución de 10 de julio de 2018, por la que se establecen los requisitos de acreditación de la cualificación profesional y de las habilitaciones auxiliares de ayuda a domicilio, y se regula y convoca el procedimiento de las habilitaciones. Siendo causa de baja inmediata en la bolsa la pérdida de la Habilitación Provisional.

Las instancias solicitando formar parte de la bolsa se presentarán en modelo oficial establecido para ello en las bases, debiendo ir acompañadas las solicitudes de la documentación especificada para su baremación.


Las solicitudes se podrán presentar en las oficinas de la empresa Servicios Públicos de Priego SL,  sita en c/ Molinos 30 de Priego de Córdoba, en horario de oficina o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común o en la plataforma digital durante los quince días hábiles siguientes a la publicación del anuncio de la correspondiente convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia. 


En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada. 

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