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Abandonar un animal también puede ser delito: estas son las multas y penas que contempla la ley
Dejarlo en el campo, junto a una protectora o dentro de una caja no equivale a entregarlo responsablemente: el abandono se sanciona con multas de hasta 50.000 euros y puede llegar a los tribunales si pone en peligro su vida
Jueves 23 de julio de 2026 - 09:10
Cinco cachorros de gato, una caja y ninguna comunicación previa. El caso investigado por el SEPRONA en Posadas vuelve a poner el foco sobre una conducta que todavía se confunde con una entrega informal: dejar un animal donde, supuestamente, alguien acabará encontrándolo.
La legislación es clara. Abandonar intencionadamente un animal está prohibido y no deja de ser abandono porque se haga cerca de una protectora, una clínica veterinaria, una vivienda o un lugar frecuentado. Sin una entrega efectiva y aceptada por otra persona o entidad, el responsable continúa obligado a garantizar su cuidado.
La Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, en vigor desde septiembre de 2023, considera el abandono una infracción grave. Cuando las condiciones creadas ponen en peligro la vida o integridad del animal, la conducta puede convertirse, además, en delito.
Una caja junto a una protectora no es una entrega
El caso ocurrido en Posadas resulta especialmente ilustrativo. Según la investigación de la Guardia Civil, la persona identificada manifestó que dejó los cinco cachorros para que fueran recogidos por alguien relacionado con una protectora, pero no avisó a ninguna persona de su presencia.
Las crías quedaron, por tanto, sin que nadie hubiera asumido realmente su custodia. Que finalmente fueran encontradas no elimina el riesgo creado ni convierte el abandono en una entrega responsable.
La ley considera abandonado tanto al animal que vaga sin supervisión y cuya desaparición no ha sido comunicada como al que permanece atado, encerrado en una finca o depositado en algún lugar sin recibir atención para cubrir sus necesidades básicas. También incluye los animales que no son recogidos por sus titulares de residencias, clínicas veterinarias o centros de acogida.
Multas de hasta 50.000 euros
El abandono de uno o varios animales está tipificado como infracción administrativa grave. La sanción prevista oscila entre los 10.001 y los 50.000 euros.
También se consideran infracciones graves no recoger a un animal de una residencia, clínica u otro establecimiento donde hubiera sido depositado, mantener permanentemente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios o vehículos, y no cumplir las obligaciones de identificación.
Si el incumplimiento provoca la muerte del animal y los hechos no constituyen delito, la infracción puede ser considerada muy grave, con multas de 50.001 a 200.000 euros.
Las sanciones pueden ir acompañadas de la retirada del animal, la prohibición de tener animales durante varios años, la clausura de establecimientos, cursos de reeducación o trabajos en beneficio de la comunidad.
Cuándo el abandono se convierte en delito
El artículo 340 ter del Código Penal establece que quien abandone a un animal vertebrado bajo su responsabilidad en condiciones que puedan poner en peligro su vida o integridad podrá ser condenado a:
- Multa penal de uno a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- Inhabilitación de uno a tres años para tener animales o ejercer profesiones, oficios o actividades relacionadas con ellos.
No es imprescindible que el animal muera o resulte herido para que pueda investigarse un delito de abandono. El Código Penal exige que la conducta haya generado un peligro para su vida o integridad, circunstancia que deberá valorar la autoridad judicial.
Si el abandono causa lesiones que requieren tratamiento veterinario o provoca la muerte, los hechos podrían encajar en delitos de maltrato animal más graves, siempre que se acrediten los requisitos y la relación entre la conducta y el daño.
La vía administrativa y la penal no se aplican dos veces por los mismos hechos. Cuando existen indicios de delito, el expediente se traslada a la autoridad judicial. Si finalmente se descarta la responsabilidad penal, podrá continuar el procedimiento administrativo.
El microchip, una herramienta decisiva
Perros, gatos y hurones deben estar identificados mediante microchip e inscritos en el registro autonómico correspondiente. En Andalucía, el Registro Andaluz de Identificación Animal permite relacionar cada ejemplar con su titular.
El primer estudio oficial sobre gestión de la protección animal en España, presentado por el Ministerio de Derechos Sociales en 2025, reveló que más del 80% de los perros y gatos recogidos carecía de microchip. El porcentaje alcanzaba el 95% entre los gatos y el 70% entre los perros.
La diferencia resulta determinante: el 31% de los perros recogidos pudo regresar con su titular gracias a la identificación, mientras que entre los gatos el porcentaje fue únicamente del 6,6%.
El microchip no impide materialmente el abandono, pero facilita identificar responsabilidades, localizar al propietario cuando existe un extravío real y evitar que un animal permanezca innecesariamente en un centro de acogida.
Esterilización y control de la reproducción
La prevención comienza antes de que aparezcan camadas no deseadas. Los propietarios están obligados a evitar la reproducción incontrolada y la cría solo puede realizarse por personas inscritas en el registro correspondiente.
En el caso de los gatos, la legislación estatal establece la identificación mediante microchip y su esterilización antes de los seis meses, salvo los ejemplares inscritos como reproductores y vinculados a criadores registrados.
La ley también prohíbe ceder perros, gatos o hurones menores de ocho semanas. Las cesiones gratuitas deben formalizarse mediante contrato y el animal debe estar previamente identificado. Las adopciones únicamente pueden gestionarse a través de centros públicos o entidades de protección animal registradas.
¿Qué hacer si ya no se puede cuidar al animal?
Una dificultad económica, una enfermedad, un cambio de domicilio o una incompatibilidad sobrevenida pueden impedir continuar atendiendo a un animal. Son situaciones complejas, pero ninguna autoriza a dejarlo en la calle.
La vía responsable pasa por:
- Contactar previamente con los servicios municipales o con una entidad de protección animal registrada.
- Solicitar asesoramiento veterinario y explorar soluciones temporales, como una casa de acogida.
- Formalizar una cesión responsable mediante contrato y modificar la titularidad en el registro.
- No entregar ni anunciar camadas sin identificación y sin cumplir las condiciones legales.
- No dejar nunca al animal en la puerta de una protectora o clínica sin que su recepción haya sido confirmada.
Los ayuntamientos tienen la competencia de recoger y alojar a los animales extraviados y abandonados, directamente o mediante servicios concertados. La legislación estatal les exige disponer de atención urgente durante las 24 horas. En Priego de Córdoba, el área municipal de Sanidad ofrece información sobre animales de compañía y refugios en el teléfono 957 708 465.
Qué hacer al encontrar un animal abandonado
Si el animal se encuentra herido, encerrado, expuesto al calor o en peligro inmediato, debe avisarse al 112, a la Policía Local o a la Guardia Civil mediante el 062. La propia Guardia Civil explica que las situaciones de riesgo pueden comunicarse también mediante AlertCops y que la denuncia puede presentarse presencialmente o por vía telemática.
Siempre que sea posible y sin exponerse a riesgos, conviene:
- Fotografiar el lugar y las condiciones en las que se encontraba el animal.
- Anotar la hora, ubicación, matrículas o descripción de posibles responsables.
- Evitar alterar pruebas antes de la llegada de los agentes, salvo que sea necesario salvar al animal.
- Trasladarlo a un veterinario para comprobar si tiene microchip cuando no exista peligro y las autoridades así lo indiquen.
Una responsabilidad que no termina cuando aparecen los problemas
La normativa andaluza ya prohibía expresamente el abandono desde 2003. La legislación estatal reforzó posteriormente las obligaciones, elevó las sanciones y amplió la protección penal.
Sin embargo, la eficacia de las leyes depende también de la identificación, la esterilización, la actuación municipal, los recursos de las protectoras y la colaboración ciudadana. El estudio del Ministerio señala que uno de cada cuatro ayuntamientos consultados reconocía no disponer de medios para atender animales abandonados, pese a tratarse de una competencia legal.
Adoptar o adquirir un animal implica asumir una responsabilidad durante toda su vida. Cuando las circunstancias cambian, existen alternativas legales. Dejarlo para que «alguien lo encuentre» no es una de ellas.