Es una de las medidas extraordinarias y urgentes puestas en marcha por al Junta para fomentar la inclusión social en Andalucía
Rafael Cobo Calmaestra
Lunes 30 de mayo de 2016 - 17:24

Hasta el próximo 15 de junio se encuentra abierto el plazo para que las personas interesadas en tomar parte en el programa extraordinario de ayudas a la contratación de Andalucía presenten su solicitud en el Consistorio de nuestra localidad.

Como así indicaba en rueda de prensa la presidenta del Área de Bienestar Social del Consistorio prieguense, María del Carmen Pacheco, el pasado 24 de abril salió orden de 2016 por la que se prorrogan algunas de las medidas aprobabas por el decreto Ley 8/2014 de 10 de junio de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social en Andalucía, entre ellas el programa de ayuda a la contratación y los suministros mínimos vitales.
En relación al programa ayuda a la contratación, Pacheco recordaba que los requisitos que han de reunir los beneficiarios son estar en edad laboral, encontrarse en situación de demandante de empleo, no haber trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud, que todos los miembros de la unidad familiar tengan residencia efectiva en la comunidad autónoma andaluza, y que estén empadronados en el mismo domicilio desde al menos un año antes de la presentación de la solicitud.
Igualmente, los solicitantes han de cumplir una serie de requisitos económicos, como sí viene especificado en la orden, e igualmente formar parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.
Las solicitudes, que pueden presentarse de 9 a 2 de lunes a viernes en la oficina de información del Consistorio prieguense, serán baremadas a partir del 15 de junio.
Según Pacheco, en la resolución provisional que obra en poder del equipo de gobierno, la concesión dentro de este programa extraordinario de ayudas a la contratación en Andalucía asciende a 91.651 euros, por lo que de momento no se puede establecer el número de contratos que se harán ni la duración de los mismos, “porque en un primer momento estamos recabando las solicitudes, y una vez baremas, volverá a reunirse una comisión técnica en la que se establecerá la duración de los contratos”, que según Ley pueden ser de un mínimo de 15 días y un máximo de 3 meses.
En cuanto a los suministros mínimos vitales, Pacheco ponía de manifiesto que este tipo de ayudas, según el decreto, recogen ayudas para energía eléctrica, suministro de agua, alcantarillado y basura, y también como prestaciones de urgencia sociales incluyen los gastos en alquiler y reparaciones urgentes y básicas de la vivienda familiar.
A diferencia del programa de ayuda a la contratación, los usuarios no tienen que solicitar nada, sino que ésta, es una solicitud que el Ayuntamiento realiza, para lo cual se dispone de una cuantía provisional de 14.100 euros, que se destinará en función de las necesidades que valorará la trabajadora social, que será las que establezca si corresponde o no a usurario recibir estas ayudas.
En cuanto a los destinatarios delas mismas, la presidenta del Área de Bienestar Social indicaba que son aquellas personas o unidades familiares que las soliciten en el Ayuntamiento en el que se encuentren empadronadas, a criterio siempre de los servicios sociales comunitarios, que carezcan de recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas y requieran de una actuación inmediata, siendo en última instancia la trabajadora social la que viese conveniente o no la concesión de algún tipo de ayuda.

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