LOCAL | Infraestructuras
Luz verde para la instalación de fibra óptica en el casco histórico
Las empresas ya pueden iniciar el despliegue de este servicio
Jueves 30 de enero de 2020 - 16:25
Tras la innovación promovida por el Área de Urbanismo del Consistorio prieguense, las empresas ya pueden comenzar el despliegue de fibra óptica para ofertar este importante servicio en el casco histórico de la localidad.
El pasado 25 de noviembre entró en vigor la innovación puntual pormenorizada del artículo 6.8 “Infraestructuras urbanas básicas” del PEPRICCH de Priego, que modificaba dicho artículo con el objetivo de regular la instalación de infraestructuras urbanas, complementándola, introduciendo medidas para el soterramiento progresivo de las redes existentes, así como un menor impacto visual y una mejor integración de las mismas, además de posibilitar la realización de despliegues de fibra óptica, de manera transitoria y hasta la aprobación de la revisión del vigente Plan Especial en la que se incluirá el preceptivo plan de descontaminación visual del centro histórico.
Según recoge la nota de prensa emitida por el Consistorio sobre el particular, para la instalación concreta de fibra óptica, y no para otras infraestructuras, con la presente innovación de planeamiento se produce una mejora de la actual contaminación visual, ya que la autorización de estos despliegues aéreos por fachada se realizaría de una forma mimetizada e integrada, implicando la eliminación del actual cableado de telefonía y televisión por cable realizado en su día sin tener en cuenta las características y valores del Conjunto Histórico de Priego, generando un gran impacto visual, siendo también eliminados numerosos cruces aéreos.
Entre los aspectos que recoge la normativa, cabe apuntar que será obligatoria la disposición en canalizaciones enterradas de los tendidos correspondientes a los diversos servicios urbanos de abastecimiento de agua, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público, telecomunicaciones, etc..., debiendo someterse las mismas a las cautelas arqueológicas que proceda
Igualmente, quedan prohibidos los tendidos aéreos, con excepción de los correspondientes a los despliegues de fibra óptica, siempre y cuando se realicen en aquellas zonas en las que ya exista cableado aéreo por fachada, colocándose tanto del cableado como otros elementos ligados a esta instalación, en las zonas de menor visibilidad y de una forma mimetizada e integrada con las características de la arquitectura del Conjunto Histórico de Priego, no generando impacto visual.
A tales efectos, en la solicitud de los despliegues deberá detallarse todos y cada uno de los elementos que conformarán la instalación, su ubicación exacta y las medidas previstas para su integración y mimetización en fachada (ocultación, pintado...), no siendo autorizable las ampliaciones de red ni la colocación de ningún elemento que no quede perfectamente definido e integrado, ni la modificación de los ya autorizados o instalados.
Las redes de dispersión y las acometidas a los edificios deberán ser también expresamente autorizadas y cumplir con las condiciones estéticas del resto de la instalación, no autorizándose la colocación de cajas de reparto con una separación inferior a 50 metros de otra caja ya sea existente o de nueva instalación
En aquellos edificios y espacios urbanos que por sus valores y características singulares así se considere, el despliegue de fibra óptica deberá hacerse de forma soterrada. Para aquellos inmuebles inscritos como Bienes de Interés Cultural en el Catálogo general de Patrimonio Histórico Andaluz, así como en sus entornos, se estará a lo dispuestos por la administración competente en patrimonio.
La instalación de fibra óptica supondrá la eliminación del cableado e instalaciones preexistente de telefonía y televisión por cable, que deberán ser desmontados. En cualquier caso, y para toda infraestructura urbana, quedan prohibidos los cruces aéreos.