Vamos a precisar un poco por qué la violencia familiar tiene dos manifestaciones. La primera recuerda siempre a la violencia de género, que es la que está al día en los medios de comunicación, pero que no siempre se produce dentro de la familia consolidada como todos la imaginamos, o sea, que puede ser la pareja con quien se convive, o con la que se ha convivido, o que se proyectaba convivir, independiente del sexo o del estado civil legal.
Pero hay otra variante de esta violencia no menos importante y es la que se ejerce desde dentro de la familia, institución que define y protege nuestro ordenamiento jurídico y que se produce cuando alguien, sea un progenitor, un tutor, un hermano o un hijo, a veces nieto, natural o adoptado, ejerce violencia física o psicológica contra otro u otros que tienen relación de convivencia o de afectividad, aunque no existiera convivencia real.
Uno de los supuestos más hirientes, aún siendo todos rechazables por el vigente Código Penal, es el del maltrato de los hijos a sus padres. Se dan cuando los hijos, bastantes veces incluso desde la minoría de edad, se apoderan del territorio y no colaboran, desobedecen, injurian, chantajean, amenazan o agreden a sus padres, a uno o ambos, causan destrozos en el mobiliario, etc., de forma habitual, poniendo en grave peligro la convivencia familiar. Seguro que la mayoría de nosotros conoce algún caso cercano en Priego de Córdoba. Esta conducta es considerada delito en el Título VII, que se encabeza como "De las torturas y otros delitos contra la integridad moral", en el Art. 173, en su apartado 2 y algunas otras referencias de este texto legal.
Pues bien, ha habido tres casos muy recientes, en las últimas fechas:
El pasado 25 de marzo ingresaba en el Depósito Municipal de detenidos J.J.C.M., detenido por la Guardia Civil, el cual tras ser puesto a disposición judicial, el Juzgado de Priego decretó su ingreso en Prisión.
Y en el mes de abril, la Policía Local detuvo y puso a disposición judicial a D.S.J., decretando el Juzgado de Guardia como provisional una medida de alejamiento.
Y el último caso contabilizado hasta el 10 de abril, el de G.M.B., cuando fue detenido y puesto a disposición del Juzgado de Priego, que a la espera de juicio le impuso también medidas de alejamiento.
Todos debemos aprender algo de estos casos y se puede inducir que si en estas personas ha fallado algo, es que por alguna razón no ha prevalecido la educación ni el sentido común y tiene que intervenir la Justicia como último recurso.