Los candidatos tienen hasta el 25 de enero para presentar la documentación requerida así como un aval respaldado por, al menos, el 10% de la población de la aldea o diseminado por la que se presente.
Redacción
Jueves 4 de enero de 2024 - 16:43

El próximo 18 de Febrero tendrá lugar la consulta popular para la elección de los alcaldes de barrio en todas las aldeas y diseminados del término municipal de Priego, según ha hecho público el Consistorio mediante una nota de prensa.

La convocatoria se ha producido tras la firma del decreto basado en el nuevo reglamento para la elección de los pedáneos, aprobado en la sesión del Pleno del 26 de octubre del pasado año 2023. 


Como se indica por el Consistorio, la figura del alcalde de barrio o pedáneo, adaptada a la singularidad de Priego, abarca diversos núcleos de población, tanto aldeas como diseminados, en los que residen  3.733 habitantes. Entre estos se incluye la ELA de Castil de Campos, cuyo alcalde no se elige en este proceso, y que cuenta con 625 habitantes, así como Las Lagunillas, que con 475 vecinos, son los dos núcleos rurales más poblados, frente a la aldea de Las Higueras, que con 26 habitantes es la que cuenta con una menor población.


El nuevo proceso para la elección de los alcaldes de barrio consta de dos fases. La primera de ella consistirá en la obtención de un aval, documento proporcionado por el Ayuntamiento, que deberá ser entregado antes del 25 de enero de 2024, quedando abierto el plazo de presentación de candidaturas desde hoy 4 de enero. 


Como así se hace constar desde el Consistorio, este aval deberá contar con el respaldado de, al menos, el 10% de la población residente en la aldea o diseminado por la que se presentan los candidatos que, además, deberán ser vecinos mayores de edad y residentes habituales en el núcleo o diseminado en el que vayan a ejercer sus funciones, con una antigüedad en su empadronamiento no inferior a un mes.


La segunda fase del proceso, programada para el domingo 18 de febrero de 2024, será la votación en urna propiamente dicha, que será a través de papeleta abierta, pudiendo votarse a varios candidatos.


En relación a este proceso, el alcalde de Priego, Juan Ramón Valdivia, ha indicado que, “pese a que la Ley habilita al alcalde o alcaldesa al nombramiento de sus representantes en las aldeas sin obligación alguna de proceso democrático, ha sido voluntad de este equipo de gobierno el consultar a los vecinos de las aldeas que serán quienes determinen quién será nombrado finalmente”. 

En este sentido, Valdivia ha destacado que, “en pro de la ciudadanía que vive en las aldeas, ya que la figura del alcalde pedáneo es parte del equipo de gobierno, su actitud debe ser proactiva, positiva y voluntariosa; en caso contrario, éste será removido de su puesto y sustituido por una vecino  con ganas de fortalecer los lazos entre el Ayuntamiento y la aldea”.


Una vez elegidos, los alcaldes pedáneos asumirán diversas competencias como la representación ordinaria de la Alcaldía en sus aldeas y diseminados, la presidencia de asambleas de vecinos, la comunicación de decisiones municipales a la comunidad, y la supervisión de la conservación y buen uso de los bienes municipales.

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