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La Congregación y Hermandad de Ntra Sra de la Esperanza y Santo Celo de la Salvación de las Almas, hoy Hermandad de Ntra Sra del Mayor Dolor y Cristo Preso
Esta imagen respondía al modelo icnográfico de la Stabat Mater, la Madre de Dios al pie de la Cruz dirigiendo la mirada hacia el cuerpo de Jesús
Miércoles 20 de abril de 2011 - 10:31
Al principio de la década de los 90 del pasado siglo, un grupo de amigos y devotos comandados por el imaginero y tallista prieguense Niceto Mateos, decidieron la creación de una nueva cofradía o hermandad, cuya titular seria la imagen de una Virgen Dolorosa que estaba abandonada y sin culto en el coro de la iglesia del convento de San Juan de Dios.
Esta imagen respondía al modelo icnográfico de la Stabat Mater, la Madre de Dios al pie de la Cruz dirigiendo la mirada hacia el cuerpo de Jesús, que sin vida pendía del madero, la nueva hermandad escogió muy acertadamente el nombre con que rebautizaron a la imagen de la Dolorosa, Nuestra Señora del Mayor Dolor, advocación que se remonta al siglo XIII, a la cual los franciscanos tenían especial devoción, prueba de ello es que en los dos conventos franciscanos existentes en Priego, según la documentación de mediados del siglo XIX, existían sendos altares de oleos sobre lienzo, en el de los franciscanos descalzos esta ocupado hoy por la Hermandad de Nuestro Padre Jesús en su entrada en Jerusalén y Nuestra Señora de la Encarnación, y las antiguas pinturas están en distintas parte de dicha iglesia, en cuanto al de los franciscanos de la mayor observancia se conserva dicho altar en la nave central, un lienzo del mexicano Nicolás Rodríguez Xuarez del finales del siglo XVII en el cual se representa a la Virgen Dolorosa, con la mirada hacia la Cruz y su corazón atravesado por una daga.
Por las mismas fechas, otra cofradía y hermandad fundada en 1550 la de la Santa Vera Cruz y Nuestro Padre Jesús de la Columna, decidía hacer oficiosa la denominación de su tradicional Virgen de los Dolores Columnaria (para diferenciarla de las otras dos imágenes Dolorosas de Priego, la de la Hermandad de Nuestra Señora de los Dolores y Cristo de la Buena Muerte y la Dolorosa Nazarena, el nombre elegido para la Dolorosa Columnaria fue el de Nuestra Señora de la Esperanza, advocación que en aquellos años no ostentaba imagen alguna en Priego.
Han trascurrido 20 años desde la fundación de la Hermandad de Nuestra Señora del Mayor Dolor, y otros tantos desde que la Virgen Dolorosa Columnaria se le intitulo de Nuestra Señora de la Esperanza.
Un hallazgo documental nos hace retroceder a la década de los años 40 del siglo XVIII,
según la documentación pertinente, antes del 1742 ya se había fundado en la ermita del Señor San José la Venerable y Santa Congregación o Hermandad de Nuestra Señora de la Esperanza del Santo Celo y Salvación de las Almas
Era hermano mayor y posiblemente uno de sus fundadores a la sazón D. Antonio del Toro Roldan, Regidor, Alférez Mayor y Alcalde ordinario de Priego y Alcaide del castillo y fortaleza de Carcabuey, hijodalgo y uno de los principales personajes de la población, casado en segundas nupcias con Doña Josefa del Mármol, a cuyas expensas se erigió la ermita de Nuestra Señora de las Angustias, para honra y veneración de su titular, imagen que se traslado desde la ermita de Nuestra Señora de las Angustias sita en el Llano de la Iglesia, esta benemérita señora, fundo la obra Pía del colegio de Niñas Educandas en Priego, dotando a este de la mayor parte de sus bienes para supervivencia del mismo.
El Hermano Mayor, Conciliarlo, Secretario y demás Oficiales de la Congregación de Nuestra Señora de la Esperanza, acordaron la remoción desde la ermita donde había sido fundada a la iglesia del Convento Hospital de San Juan de Dios, aunque oficialmente alegaban para este cambio, por la poca cortedad de la ermita de San José y que sus altares tenían dueño, y no poder exponer el Santísimo en la misma adecuadamente, también nos indican y “otros motivos”, posiblemente esta remoción no fue por la estrechez de la actual iglesia de Nuestra Señora del Carmen, ya que en 1714 se ajusto a Manuel Álvarez, sus hijos y yerno (abuelo, padre y tíos de Álvarez Cubero) la construcción del muro colindante con la calle Ancha en 7.500 reales y obras generales hasta 1.800 reales
Tal vez entre otros motivos, estaban los Carmelitas Descalzos, cuyo Hospicio fundado en Carcabuey, en el lugar y sitio donde estuvo la Congregación de San Felipe Neri, desde antes de su fundación habían puesto los ojos en Priego, para ello habían comprado la casa colindante a dicha ermita en la calle del Río y la manzana de casas hasta la calle Málaga, abriendo puerta a dicha ermita desde su casa hospicio y entronizando e iniciando la veneración y culto hacia su Madre Protectora, estos lo mas probable que no quisieran compartir dicha ermita con ninguna otra hermandad o congregación, para evitar roces y suspicacias.
La Congregación y Hermandad de Nuestra señora de la Esperanza y Santo Celo de la Salvación de las Almas compraron a Manuel de Gálvez la capilla que este poseía, esta capilla estaba situada entre el pulpito y la puerta de entrada desde el claustro del convento, en la misma había una pintura en tela de Nuestra Señora de la Araceli, la cual debía de ser colocada en las inmediaciones de la iglesia de dicho convento, con una pequeña cartela que indicara quien era el propietario, este Manuel de Gálvez en realidad no vendió dicha capilla, según el mismo indica su situación económica era tal que no le permitía mantener la capilla con el decoro y ornato debido, a pesar de que en su día había instituido una memoria anual, Manuel de Gálvez cedió la capilla con todos sus adornos y objetos de culto a la Santa y Venerable Congregación de Nuestra Señora de la Esperanza y Santo Celo de la Salvación de las Almas, con la condición de que esta cuidase de su ornato y limpieza, y que cuando este muriese dicha Congregación le debía de dar sepultura en la subdicha capilla y pedir a Dios por su eterno descanso, para su debido cumplimiento, esta cesión dio motivo a otra escritura de Manuel de Gálvez, en la cual indica que le había dejado a la Congregación un escaño para su asiento, y que esta se había comprometido a entregarle de limosna 100 r. los cuales no se habían indicado por conveniencia entre ellos en dicha escritura, habiéndole entregado el tesorero de la Congregación dicha cantidad de las limosnas recibidas, ratificaba la cesión, para esa fecha 16 de mayo de 1743 la Congregación se había trasladado a la iglesia del convento hospital de San Juan de Dios, aunque aun no se habían tallado las imágenes.
Tras varias reuniones con el Padre Prior y demás hermanos de dicha Orden, llegaron a un acuerdo , por el cual y bajo unas condiciones o capitulaciones, dicha Congregación y Hermandad se traslado desde la ermita del Patriarca Señor San José a la iglesia del convento de San Juan de Dios.
Estas capitulaciones para darle mayor firmeza, se solicito la licencia y aprobación por parte del General de la Orden, que por estonces era el Padre Jesús de Ortega, natural de Lucena y que había sido Prior del convento hospital de San Onofre de Priego durante varios años al cual favoreció siendo General de la Orden, ya que rehabilito el edificio, gastando en el mismo y para su ornato y embellecimiento de sus capillas y oficios 18.895 reales.
El Padre Ortega concedió la autorización para tal remoción, ya que la misma era beneficiosa tanto para la Congregación, que dispondría de un lugar amplio para sus misas y celebraciones como para el propio convento hospital, ya que su iglesia se vería mas concurrida por los numerosos actos y misas de esta Congregación, así como económicamente, por la limosna que anualmente debían de dar dicha Congregación, además de la nada desdeñable importe de las misas.
Con muy pocas modificaciones a las capitulaciones enviadas estas fueron las que aprobó el padre Ortega:
“Nos Fray Alonso de Jesús y Ortega General de la Orden de la Hospitalidad de San Juan de Dios, Nuestro Padre en estos Reinos de España, Indias y Portugal, por elección canoniza y confirmación apostólica.
Decimos que por cuanto el Padre Fray Andrés Ruiz, Prior del convento hospital del Señor San Onofre, de dicha Orden de la villa de Priego, nos tiene comunicado como la Ilustre, Santa y Venerable Congregación de María Santísima de la Esperanza y Santo Celo de la Salvación de las Almas, sita en la ermita del Señor San José de dicha Villa, pretendía removerse a la Iglesia de dicho convento por la incomodidad en que estaban por cortedad, para lo cual habían pasado a él, con la voz y permiso de dicha Venerable Congregación D. Antonio José del Toro Roldan, Regidor y alcalde ordinario de dicha villa, Hermano Mayor, D. Pedro Carrillo de Gamiz, Presbítero Primer conciliarlo; con otros Oficiales y Hermanos de ella, y que habiendo conferenciado dicho Padre Prior con los suso dichos sobre la admisión de la referida Congregación para su establecimiento y perpetuidad acordaron, y determinaron proponiendo las capitulaciones siguientes:
El primero; que se de dar a dicha Congregación en sus fiestas y funciones, el uso libre de la Iglesia de este Convento, su pulpito, y altar mayor adornado y dispuesto con la plata y decencia acostumbrados, para que todas las tardes de los primeros domingos de cada un mes, y en las festividades de Nuestra Señora y Señor San Miguel y demás que se determinasen, se exponga el Santísimo Sacramento, dando custodia y ornamento para ello, haciendo señal con las campanas como es de costumbre.
Lo Segundo; que en las de los segundos domingos de cada un mes, y demás que señale la Congregación se ha de salir por las calles y plazas de esta Villa a predicar misión en la Iglesia que se señalare, la de este Convento ha de estar abierta hasta que vuelva la Congregación, y lo mismo se hará en las noches que se decretare predicar misión en ella, procediéndose en esta con la discreción y prudencia que conviene señalar el tiempo destas misiones, eligiendo el mas oportuno para que los fieles gocen del mensaje sabroso de la Divina Palabra en provecho y beneficio de las Almas.
Lo tercero; que todas las misas que la Congregación determinare decir con las limosnas, cantadas o rezadas se han de celebrar en la Iglesia deste Convento estando abierta para ello el tiempo preciso y adornados sus altares, quedando a cargo de dicha Congregación el gasto de cera, hostias y vino, ornamentos y su distribución.
La cuarta: que dicha Congregación mantendrá la Capilla y altar que tiene propio en la Iglesia deste Convento, que es el que era de Manuel Gálvez, procurando su mayor aseo, culto, y adorno donde se ha de colocar las imágenes de María Santísima de la Esperanza y Señor San Miguel luego que las costee, y haga.
Lo quinto: que estando hechas dichas imágenes, y colocadas en dichas // Capilla y altar, esta Congregación en cada un año para siempre costeara una solemne fiesta, el segundo domingo del mes de Octubre, día en que se celebra el patrocinio de Nuestra Señora Soberana Reina, este Convento hará señales con las campanas la víspera y día, dando adornado el altar Mayor donde se ha de exponer el Santísimo Sacramento, y cantar las misas por uno de los Señores Sacerdotes congregantes con licencia verbal del Reverendo padre Prior, que con su Comunidad la oficiara en el coro si a ello no asistiese la Capilla de Cantores.
Lo Sexto: que si el Reverendo Padre Prior que es o fuere de este Convento quisiere asistir con la Congregación en estas fiestas, funciones y concurrencias, aunque no sea Congregante, se le dará y tomara el primer asiento y lugar de presidencia, y si también asistiese la Santa Comunidad o algunos de sus religiosos, tomaran asiento entre los primeros oficiales de la Congregación, que formada estará en el cuerpo de la Iglesia, observándose esto mismo siempre que salga fuera.
Lo séptimo: que por el uso de dicha Iglesia y demás que va expresado, dará tal Congregación a este Convento en cada un año de limosna y ofrenda por los días primeros de marzo ciento y cincuenta reales a que se obligara de toda forma.
Lo octavo: que admitiéndose en este Convento a dicha Congregación y escriturándose las dichas obligaciones, se mantendrá en Él sin removerse ni poderle expeler sin gravísimas causas, y así si alguna ocurriera, resultando ser de parte de dicha Congregación en perjuicio deste Convento procediendo licencias, se podrá remover llevándose solo las imágenes y alhajas sueltas de su uso, quedándose en este Convento todas las que se hubiesen hecho y puesto para el adorno del Altar y Capilla; pero si fuese de contrario el motivo de la remoción la diese el Convento, en perjuicio de la Congregación, esta se ha de llevar todas sus alhajas, dejando solo las muy precisas para el uso del Altar y Capilla.
Cuyas capitulaciones y condiciones firmaron dichos Congregantes, junto con el anominado Padre Prior refrendado y dando fe de ello Juan de Dios Ramírez, Secretario de dicha Congregación; y que habiéndole propuesto a la comunidad estos tratados celebrados en publica forma por ante Blas Ordóñez Zamora, Escribano Publico de dicha Villa en los días ocho, diez y doce de julio próximo pasado deste año, en los que se incluyen dichos Capítulos, determinaron admitir dicha Congregación en la referida Iglesia, por el aumento del culto y utilidad de dicho Convento; y habiéndose remitido copia autentica de dichos tratados y memorial pidiéndonos; y // suplicándonos en el ultimo con el mayor pedimento fuésemos servidos de concederle licencia para admitir a dicha Congregación a la Iglesia del referido convento, bajo los Capítulos expresados, añadiendo en él, que ha de ser también con la expresa calidad de que habiendo Religiosos Sacerdote en la Comunidad, a de ser preferido a los demás Presbíteros (aunque no sea Congregante) a cantar las misas en las festividades que hiciera dicha Congregación, dándole la limosna acostumbrada por cada una; después habiendo visto, examinado y con maduro acuerdo reflexionado dichos tratados y memoriales, así de la Comunidad, como de la Congregación, que con ellos nos han remitido, y reconociéndole no serle de ningún perjuicio al dicho Convento su admisión, ante si de mayor culto de su Iglesia por la frecuencia de las misas, festividades que han de celebrar, y también de utilidad por la limosna que ofrecen dar el día primero de marzo de cada un año.
Por la presente y la Autoridad de Nuestro Oficio de que en esta parte usamos, damos y concedemos a dicho padre Prior, Religiosos y Común del referido Convento Hospital de Priego, nuestra licencia, facultad y comisión tan bastante como de derecho se requiere y es necesaria, sin limitación alguna, para que en su virtud puedan otorgar y otorguen la escritura o escrituras que fueran necesarias con la dicha Venerable Congregación o sus diputados (teniendo los poderes suficientes y especiales para ello) con las cláusulas, capítulos, condiciones, pactos y firmezas expresados en dichos tratados, y demás que en estos casos se requiere, y esta prevenidos en derecho para el establecimiento y perpetuidad de la predicha Venerable Congregación en la Iglesia del anominado Convento Hospital, sacando esta las licencias precisas y que se requieren del Sr. Gobernador Provisor Vicario General y Juez de Rentas de la Abadía de la ciudad de Alcalá la Real, que Nos por nuestra (como dicho es) se la concedemos con amplia facultad para dicho fin, pues desde ahora para estonces aprobamos y conformamos, lo que en virtudes hiciera, dando por nulo atentado y de ningún valor, ni efecto lo que en contrario se hiciere; y queremos, ordenamos y mandamos, que esta nuestra licencia original con tanto autentica de dichos tratados se ponga en la escritura que se otorgaren por ambas partes, para que en todo tiempo conste proceder así de nuestra intención, por lo cual mandamos dar y dimos la presente firmada de nuestro nombre, sellada de nuestro Secretario General, y de la Religión; que en fecha de este // convento Hospital de Nuestro Señor San Juan de la Ciudad de Granada a catorce días del mes de agosto de mil setecientos cuarenta y dos años.
Fray Alonso de Perat y Ortega.
De orden de Nuestro Reverendo Padre General.
Huicio de la Concepción. Secretario General.
Registrada en el libro 4 de registro de la Religión al folio 422.”
El Obispo Abad D Zeferino de Torres y Gadea dio autorización y licencia para esta remoción el día catorce de septiembre del 1742.
Por estos capítulos y los tratados entre la Congregación y los frailes, sabemos que dicha Congregación en ese año no tenia la imagen de su titular, ya que reiteradamente lo indican, como la del Arcángel San Miguel, creemos que en ese año o en lo siguientes, encargarían dicha imagen a algún maestro de Granada, en aquellos años los imagineros o escultores mas renombrados de la ciudad del Darro era Torcuato Ruiz del Peral (1708-1773) Diego Sánchez Sarabia (1704-1779)Martín José Satiesteban Aguilera (1712-1772) o el prieguense Antonio Valeriano Moyano Villarreal (Priego¿ Granada 1772)
En el inventario de la iglesia del convento de San Juan de Dios, en noviembre del 1751, figura la imagen de una Dolorosa , por lo cual creemos que dicha imagen se trata de la de Nuestra Señora de la Esperanza, por lo tanto podemos datar su ejecución entre los años de 1744 y 1750.
Aunque no tenemos las constituciones de esta Congregación, como su nombre indica, la principal de ella era la adoración del Santísimo Sacramento y la catequesis o misión a través de sermones, junto con la oración y las misas en sufragio de los fieles difuntos, un verdadero apostolado acorde con aquellos años, igualmente nos indican sus fiestas principales, en las cuales se pone de manifiesto la importancia de otra institución totalmente olvidada, la Capilla de Cantores, de los cuales tan solo quedan la magnifica colección de libros en la parroquia Mayor de Priego.
Se labro la imagen de Nuestra Señora de la Esperanza, a la cual se le dio culto durante los años de existencia de la Congregación o Hermandad. Desaparecida esta se fue perdiendo la devoción a dicha Virgen, las guerras y vicisitudes políticas hicieron que se perdiera incluso la memoria de esta Hermandad o Congregación, ya que en la relación de Hermandades y Cofradías existentes en Priego en el año de 1784 no figura la misma, tampoco se hace mención a dicha Imagen en el inventario de la desamortización de dicho convento-hospital en 1835, por lo tanto posiblemente y en la guerra de la Independencia y la primera exclaustración de la Orden, esta debió de quedar en algún rincón de la iglesia o del convento-hospital, hasta que al mismo llegaron las Hermanas de los Desamparados y se hicieron cargo del mismo, las cuales adecentaron la Imagen y la colocaron en el coro, lugar donde fue recatada para ser restaurada por Niceto Mateos y ser intitulada como Nuestra Señora del Mayor Dolor.
Por lo tanto creemos que esta imagen de Nuestra Señora del Mayor Dolor es la misma que en su día se llamo de Nuestra Señora de la Esperanza y del Santo Celo de la Salvación de las Almas, por lo tanto dicha Imagen, Hermandad y Cofradía se le debe asignar la antigüedad de 1742, con la titulación de Muy Venerable y Santa Hermandad, y no la de su posterior refundación del 1992.