Cinco fallecieron como consecuencia de chocar su vehículo contra un mulo, al igual que el último accidente, que lo hizo contra un caballo aunque en éste, no se registraron víctimas
José Moreno
Martes 22 de noviembre de 2011 - 17:20

El último accidente de tráfico ocurrido en la carretera A-318 entre Cabra y Doña Mencía pasará a engrosar el Anuario Estadístico de Accidentes que cada año confecciona la Dirección General de Tráfico.

Ese siniestro, en el que dos vehículos se vieron implicados al atropellar un caballo que, lastrado, andaba suelto por la carretera y en el que afortunadamente no hubo daños personales, fue similar al que ocurrió apenas a cien metros el 6 de marzo del año 2004, aunque en éste perdieron la vida cinco jóvenes de Luque, cuando su vehículo arrolló un mulo y se empotró contra un puente de hormigón construido para dar salida a un camino.
El último accidente se encuadrará en el epígrafe de aquellos en el que se han visto involucrados animales sueltos y que, según la DGT, en el año 2010 fueron 351, seis de ellos mortales --hubo 8 fallecidos--, con 40 heridos graves y 413 heridos leves.
En este caso, en un tramo de carretera de apenas 19 kilómetros que en un futuro será parte de la Autovía del Olivar, desde el año 2004 han perdido la vida en accidentes de tráfico un total de 13 personas, cinco de ellas por arrollar un mulo y un siniestro que, sin acabar con víctimas mortales, hace una semana, podría haber sido todo lo contrario si la suerte no hubiese acompañado a los dos ocupantes de los dos vehículos implicados.
Para los casos de accidentes con animales sueltos, la ley dice que estos deben estar atados o cercados para que no invadan la vía, estableciendo el Código Civil en su artículo 1905 que el propietario, o quien se sirva de un animal, será responsable del daño que éste provoque, aunque se le haya escapado o extraviado, pudiendo ser sancionado con una multa de 15 a 30 días e indemnización por daños para los accidentes con heridos.
Para los accidentes con muertos, si hay imprudencia temeraria, se contempla prisión de 1 a 4 años por homicidio imprudente y de 10 a 15 años si es una situación reiterada. Además, si el dueño es tratante de animales, se prevé inhabilitación de 3 a 6 años.
En juicio por el trágico accidente del 2004, el propietario del mulo, que con anterioridad a aquellos hechos había sido denunciado porque animales suyos se habían introducido en fincas particulares y en 4 ocasiones habían sido encontrados en la misma carretera donde se produjo el accidente, fue condenado a dos años y medio de prisión.

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